agosto 24, 2022

¿Qué hacer si mi abogado fallece antes de recibir el pago de mi sentencia?

Abogado fallece
Año a año se pagan y se negocian miles de sentencias de reparación directa en contra del Estado, pues, en Colombia son muchas las familias que se ven perjudicadas moral y patrimonialmente por parte del Estado.   Lamentablemente, la cifra de sentencias que contienen al menos un fallecido (ya se abogado o beneficiario) está cerca al […]

Año a año se pagan y se negocian miles de sentencias de reparación directa en contra del Estado, pues, en Colombia son muchas las familias que se ven perjudicadas moral y patrimonialmente por parte del Estado.  

Lamentablemente, la cifra de sentencias que contienen al menos un fallecido (ya se abogado o beneficiario) está cerca al 70%, y es usual hallar un abogado fallecido en el proceso. Por lo cual, es clave saber qué hacer en caso de qué mi abogado fallezca.

A continuación, se brindará la explicación de qué hacer en caso de que el apoderado de mi caso fallezca y no se haya recibido el pago de la sentencia en cuestión.  

¿Por qué ocurre esta situación con frecuencia?  

Como evidencia la estadística, esta situación se presenta con alta frecuencia, pues, las entidades estatales están demorando entre 5 y 8 años en efectuar el pago de estas sentencias, una vez estas quedan en firme. Esto implica que muchas de las personas que están esperando su pago, fallecen en la espera, dadas las altas demoras en los pagos.

¿Se deben pagar honorarios a mi abogado si fallece?  

Dado lo anterior, una de las preguntas que aparecen con mayor frecuencia cuando un abogado fallece es si se deben pagar los honorarios pactados de un proceso. Debido a que es un activo del fallecido (una cuenta por cobrar) que responde a un servicio producto de su trabajo que prestó en vida, efectivamente se debe pagar. Claro está que no puede ser cancelado directamente al abogado, motivo por el cual, pasa a ser parte del patrimonio familiar.  

¿Qué hacer con mi sentencia si mi abogado fallece?  

Entendiendo que efectivamente debo pagar los honorarios de mi sentencia, es clave conocer el proceso de pago de honorarios. Si esto es una realidad de mi sentencia, debe existir un proceso de sucesión. Al igual que otros activos, como la casa o el carro, requiere de un proceso, donde se cedan los derechos de los honorarios a sus herederos.  

De esta manera, a quien le corresponde hacer el proceso de sucesión que le permita cobrar el porcentaje correspondiente a honorarios, es a la masa sucesoral, es decir, a los herederos.  

¿Cómo hacerlo?  

El cliente tiene dos alternativas claras para realizar este proceso. La primea de ellas es pagar los honorarios del causante a los herederos o puede ceder el crédito por el porcentaje pactado por contrato. En caso de que se decida recurrir a la venta de la sentencia, para evitar largos plazos, es favorable realizar la alternativa número dos, pues se entiende que son los herederos los poseedores de los derechos de la sentencia y por ende pueden decidir qué hacer con la sentencia: esperar el pago del Estado o vender la sentencia.  

Alternativa: Venta de la sentencia.  

Siempre es recomendable conocer las opciones de venta de sentencia, pues esta alternativa permite disfrutar del dinero en vida. Conoce esta opción en el blog: ¿Qué necesito para vender una sentencia de reparación? 

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